Desde el 9 de octubre de 2023, los concesionarios y comerciantes de motos en Argentina deberán garantizar que las unidades vendidas a los usuarios cuenten con seguro vigente antes de circular por la vía pública por primera vez. Será a través del Formulario Digital para Motocicletas 0 km creado por la ANSV y que será gestionado por los vendedores.
Esta herramienta fue creada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA). El objetivo es que las motos cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito.
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“… ninguna moto nueva podrá circular por las calles si no tiene el seguro obligatorio contratado antes de salir del concesionario. Esto es algo que sucede hace muchos años con los autos y que por algún motivo nunca se hizo con las motos”. Así se refirió al tema el director ejecutivo de la ANSV, Pablo Martínez Carignano….”el objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos”, enfatizó.
La normativa, comunicada por el organismo del Ministerio de Transporte a través de la disposición ANSV 544/2021, también será obligatoria para el trámite de patentamiento de motocicletas 0 km ante la DNRPA.
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Con seguro contratado y más conciencia vial
En cuanto a los usuarios, la ANSV trabajará articuladamente con Cruz Roja Argentina para realizar un seguimiento, brindar asistencia técnica e información de concientización vial a todos los compradores que adquieran una moto 0 km y gestionen el seguro. Es importante destacar que, al momento de la adquisición de la moto, el comprador tendrá la opción de elegir la póliza de seguro que se ajuste a sus necesidades.
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Esta medida apunta a que si un motociclista se ve involucrado en un incidente de tránsito pueda hacerse cargo del hecho y cubrir los daños ocasionados a través de un seguro legal y vigente.
Además, se busca continuar impulsando acciones que impliquen un avance en la seguridad vial en el país y mejoren las condiciones de circulación de los motociclistas, quienes en el 2022 representaron 4 de cada 10 víctimas fatales en hechos viales.
¿Cómo deben hacer los concesionarios y comerciantes?
- El concesionario o comerciante de motocicletas 0 km deberá darse de alta ante la ANSV como punto de venta enviando la información solicitada a la dirección de mail: cra.ec@cruzroja.org.ar.
- Una vez recibida la información será procesada y se dará de alta como punto de venta habilitado para emitir el formulario.
- Una vez habilitado el punto de venta, se deberá registrar al personal autorizado para gestionar el formulario digital. Es un trámite ágil y sencillo en línea que se efectúa ingresando e iniciando sesión en: https://formulariomotos.seguridadvial.gob.ar/login
- El personal autorizado por el punto de venta estará habilitado para gestionar el formulario de manera digital ingresando e iniciando sesión en la dirección mencionada en el punto anterior, donde deberá seleccionar nuevo trámite y completar los datos requeridos de la moto vendida, del usuario y del seguro. También emitirá una boleta de pago que, luego de ser abonada, generará un número de formulario.
- Finalmente deberá incorporar el número de formulario en el trámite de patentamiento de la moto 0 km en el campo establecido.

Resistencia a la medida
La creación del Formulario Digital para Motocicletas, por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), no fue bien recibida por una de las cámaras que agrupa a las concesionarias.
CADECOM (la otra es ACARA) se expresó enfáticamente en contra de la disposición en sus redes sociales. Bajo el lema “El Formulario Digital de Seguro Obligatorio, NO ES OBLIGATORIO”, la entidad se niega a utilizar la nueva herramienta.
La Comisión Directiva se expresó contundentemente “a favor del cumplimiento de las leyes”, pero dijo que “no permitirá que se trasladen a los concesionarios de motos responsabilidades que no le corresponden, y mucho menos cuando se pretende cambiar la operatoria integral, en relación a las inscripciones iniciales, y encarecer los trámites, en detrimento de nuestros clientes, que ya están muy golpeados por la situación actual”.
La Cámara Argentina de Concesionarios de Motocicletas destacó en un comunicado que “no existe normativa alguna” del Ministerio de Justicia y de la DNRPA “que imponga la utilización del formulario”.
En el mismo sentido, dejó en claro que los trámite de inscripciones iniciales y transferencias seguirán peticionándose “sin ningún otro requisito que los previstos en el Digesto de Normas Técnico-Registrales de la DNRPA”.
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